Una funcionaria municipal interpuso recurso de protección contra la municipalidad y contra la fiscal instructora de un sumario administrativo, luego de que se le aplicara la sanción de destitución por haber viajado fuera del país mientras hacía uso de una licencia médica. La funcionaria sostuvo que el viaje se produjo en un contexto de afectación emocional posterior a una catástrofe natural y que contaba con indicación médica para realizar actividades recreativas o terapéuticas. También alegó que la medida disciplinaria no ponderó debidamente sus atenuantes, entre ellas su hoja de vida sin sanciones previas, calificaciones sobresalientes y cooperación durante la investigación.
La Corte de Apelaciones de Concepción, en fallo del 30 de septiembre de 2026, Rol 5174-2025, señaló que el control técnico del cumplimiento de una licencia médica corresponde a la COMPIN o a la ISAPRE y que, en el caso, la autoridad competente ya había rechazado la licencia por incumplimiento del reposo. En consecuencia, estimó que la municipalidad no podía utilizar su potestad disciplinaria para calificar técnicamente esa situación y transformarla en una falta grave a la probidad que justificara la expulsión del servicio.
Además, la Corte estimó vulnerado el principio de proporcionalidad, porque se aplicó la sanción más gravosa sin fundamentar adecuadamente por qué las circunstancias atenuantes no permitían una medida menor. El hecho de que la ejecución de la destitución hubiera sido suspendida temporalmente por motivos electorales no eliminaba la afectación, pues subsistía la declaración de expulsión y la amenaza sobre la estabilidad funcionaria.
Por ello, se acogió el recurso de protección contra la municipalidad, se dejaron sin efecto los decretos que impusieron y confirmaron la destitución, y se ordenó reintegrar a la funcionaria si había sido separada de sus labores. Asimismo, se dispuso retrotraer el sumario a la etapa en que una nueva fiscal no inhabilitada complemente la vista fiscal, se pronuncie sobre las atenuantes y formule los cargos y la proposición de sanción que corresponda. Respecto de la fiscal instructora, el recurso fue rechazado por falta de legitimación pasiva.
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