Avanza reforma a la Ley N°20.009 en la Cámara

En plena tramitación está el proyecto de ley de reforma al mercado de capitales y financiamiento de la casa propia (Boletín N°166-374). Dentro de las modificaciones propuestas, se encuentra la de la La ley N° 20.009.

Así se exigirá al usuario el estándar de diligencia normal del derecho común, la culpa leve, e incorpora una presunción de dicha falta de cuidado cuando la operación se realiza con autenticación reforzada. También se deroga el inciso octavo del artículo 5°, que prohíbe contratar seguros respecto de estas operaciones, por tratarse de una regla accesoria al régimen de responsabilidad que se modifica.

El proyecto considera la obligación de un formato único de declaración jurada, que será fijado por el Ministerio de Hacienda, que ningún emisor podrá ampliar, permitir la denuncia por el delito de fraude mediante medios electrónicos para efectos de acceso al derecho a la cancelación de los cargos o a la restitución de los fondos y que la Comisión para el Mercado Financiero pueda sancionar, por incumplimiento de deberes de prevención de fraudes a segmentos de la cadena de pagos, lo que actualmente no es posible hacer.

Según el mensaje del ejecutivo, el proyecto avanza en la línea de que el costo del fraude no recaiga solamente en el emisor que restituye el dinero o cancela el cargo. En particular, se considera que el emisor pueda ejercer una acción de repetición contra entidades de la cadena de pago que hayan contribuido, por acción u omisión, al fraude o la falta de prevención de éste, de forma proporcional a su contribución. Este mecanismo de repetición permite mantener la ventanilla única para el usuario afectado con el emisor.

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